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Desde enero de este año, una factura timbrada ya no basta para demostrar que una venta ocurrió. La reforma al Código Fiscal de la Federación (CFF), publicada en el Diario Oficial de la Federación el 7 de noviembre de 2025, agregó al artículo 29-A una fracción IX, según la cual todo comprobante fiscal digital por internet (CFDI) debe amparar operaciones existentes, verdaderas o actos jurídicos reales. De lo contrario, se considera falso para efectos del Código.
El Paquete Económico 2027, entregado al Congreso el 8 de septiembre, no propone impuestos nuevos ni cambios a esa regla. Aun así, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) prevé una recaudación tributaria de 15.9% del producto interno bruto (PIB), un máximo histórico. La atribuye a una gestión más eficiente, a un mayor cumplimiento y al combate a la evasión, la elusión y las operaciones simuladas.
Para José Luis García Leyva Vela, Director General de Cumpy, este escenario plantea una decisión estratégica para la dirección de cualquier empresa: «La proyección de recaudación sin impuestos nuevos confirma que la vigilancia digital es hoy el estándar. Si la autoridad ya utiliza tecnología e inteligencia artificial para auditar las operaciones diarias y los empresarios ya cargan con esa responsabilidad fiscal, la clave está en cómo responder: si de forma manual o de la manera más óptima posible. Se trata de aprovechar ese mismo cumplimiento para automatizar tareas, optimizar el trabajo de tu equipo e ir integrando toda la documentación mientras operas, en tiempo real.»
Para las pequeñas y medianas empresas, este panorama supone más una oportunidad que una amenaza. Las reglas sobre comprobantes fiscales que regirán en 2027 son las mismas que se aplicaron este año, de modo que el cierre de 2026 ofrece la posibilidad de atender lo esencial: la capacidad de demostrar, con documentos, que lo que se factura y se deduce ocurrió de verdad. “Este escenario plantea una decisión estratégica para la dirección de cualquier empresa”, añade José Luis García Leyva Vela.
Tres meses para poner en orden la materialidad digital
El último trimestre del año da margen suficiente para atender la materialidad digital, entendida como la capacidad de demostrar, con evidencia electrónica verificable, que una transacción ocurrió en la realidad y no solo en el papel. Esa evidencia descansa en cuatro piezas que se deben corresponder entre sí:
El acuerdo que dio origen al trato: contrato, cotización aceptada u orden de compra.
El CFDI que lo describe.
El pago que lo liquidó.
La prueba de que el bien se entregó o el servicio se prestó.
La tarea inmediata es revisar que las compras y ventas de mayor monto del año reúnan las cuatro piezas, con especial atención a los contratos ya que, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación estableció en la jurisprudencia 2a./J. 161/2019 que los documentos privados deben tener fecha cierta para surtir efectos ante la autoridad fiscal.
Ese ejercicio se completa con la trazabilidad, es decir, con la capacidad de conectar de principio a fin cada salida de banco con su respectiva factura y su comprobante de entrega. A la par de este seguimiento, resulta indispensable adoptar un filtro preventivo de proveedores: consultar de forma recurrente los listados del artículo 69 y 69-B del CFF para verificar que las empresas con las que se opera no hayan sido señaladas por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
A lo anterior conviene sumar dos hábitos: conciliar cada mes los estados de cuenta con las facturas, para detectar a tiempo cualquier diferencia y repartir por escrito las responsabilidades de autorizar los pagos, ejecutarlos y resguardar la documentación. Las empresas con adeudos de 2024 o anteriores pueden, además, valorar con su contador el Programa de Regularización Fiscal 2026, cuya solicitud para créditos ya determinados vence el 31 de octubre.
Hacia un 2027 trazable
Sostener estas tareas a lo largo del año, en todas las compras y ventas, exige una disciplina administrativa difícil de mantener con procesos manuales y equipos reducidos, sin embargo, esa es la realidad de la mayoría de las empresas del país. Según los Censos Económicos 2024 del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), 998 de cada mil unidades económicas del sector privado son micro, pequeñas o medianas, y en 2023 apenas una cuarta parte del total usó internet en su actividad.
El próximo año la exigencia no se hará más laxa, al contrario, pues, además de mantener la regla sobre los comprobantes, el paquete propone que los anticipos por servicios y arrendamientos solo puedan deducirse en el ejercicio en que se presten. Con ello, la prueba de entrega pasaría de respaldo a condición de la deducción. Si bien, la iniciativa aún debe pasar por el Congreso, la dirección es bastante clara: pesará cada vez más la capacidad de documentar lo que se hace y de saber con quién se hace.
Por eso, la pregunta de fondo es cómo integrar la evidencia al trabajo diario, de modo que los documentos se generan cuando ocurre la transacción y no cuando alguien los solicita. Las empresas que lo logren recorrerán 2027 con la tranquilidad de poder acreditar cada peso que entra y sale de sus cuentas.
Un primer paso para lograr esto puede ser observar cómo se conforma en la práctica un expediente de materialidad digital. Con ese fin, Cumpy pone a disposición en http://www.cumpy.mx una demostración con datos de ejemplo, sin costo y sin necesidad de registro. Su tecnología se desarrolló y perfeccionó a lo largo de una década para grandes operaciones. Hoy ante el nuevo estándar de fiscalización digital 2027 del SAT, surge como un aliado para todas las PyMEs en México
